¿Qué es el Régimen de Incorporación Fiscal?
De entrada podemos decir del Régimen de Incorporación Fiscal, entró en vigor con la reforma fiscal de 2014.
Este régimen fue integrado principalmente por ex Repecos. Hablando de repecos, el RIF es el régimen que sustituyo a los Repecos. Una de las condiciones para poder tributar en este régimen fue:
Que los contribuyentes tengan ingresos inferiores a 2 millones de pesos anuales.
Algunos beneficios del Régimen de Incorporación Fiscal
- Descuentos del 100 hasta el 10 por ciento en el pago del ISR durante 10 años.
- En 2014, el descuento en el pago de ISR fue del 100 por ciento, en el siguiente fue de 90 por ciento, y así sucesivamente.
- Hasta llegar al año 11 en el que pagarán por completo el impuesto y pasarán a tributar en el Régimen General.
- Los Repecos hasta el 2013 no tributaban al fisco federal sino a cada una de las entidades federativas.
- Lo hacían mediante el pago de una cuota fija trimestral. Además, no estaban obligados a llevar registros contables.
- Durante estos años el gobierno ha promovido los beneficios de este Régimen, aquí algunas notas que hablan de ello:
- Apoyos fiscales a Mipymes, anuncio por Peña Nieto.
- Continúa el descuento de impuestos en el RIF
Problemas en el Régimen de Incorporación Fiscal
En esto años, este nuevo régimen no ha estado exento de problemas, aquí un breve apunte:
La demanda y en general los cambios que se hicieron en las plataformas del SAT, así como fallas en las bases de datos dificultaron la incorporación de interesados en el RIF.
También hubo y hay “peros” para los contribuyentes con otras fuentes de ingresos, tales como:
Salarios, pensión jubilatoria, arrendamiento, intereses o si son franquiciatarios o miembros de sociedades cooperativas.


